lunes, 4 de junio de 2018

BOLETÍN DE PRENSA


 En el Día Mundial Del Medio Ambiente, Ejecutivo promulgará nueva Ley Forestal con contenido anticonstitucional, regresivo y confuso


·      Incluye contenidos que significan un retroceso anticonstitucional en materia de derechos humanos y que pudieron haber sido observados por el Poder Ejecutivo

·      Con esta ley el Poder Ejecutivo y Legislativo dejan “monumento a la confusión”, que debe someterse a corrección inmediata en el sexenio próximo

·      El proceso de aprobación de dicha ley es “vergonzoso”, ya que violó el derecho a la Consulta de Pueblos, Comunidades Indígenas y equiparables


Ciudad de México, 03 de junio del 2018. Ante el anuncio de la promulgación de la nueva Ley Forestal como acto central de la administración federal en el Día Mundial del Medio Ambiente, la Red Mexicana de Organizaciones campesinas Forestales (Red MOCAF) advierte que la nueva ley forestal es producto de un proceso vergonzoso donde se discriminó la participación de los indígenas y campesinos que son dueños de la mayor parte de los bosques en México.

Al respecto, Gustavo Sánchez Valle, presidente del organismo señaló que “el hecho de que una ley con tantos claroscuros, limitaciones y violaciones a derechos se convierta en el eje del festejo oficial del día Mundial del Medio Ambiente refleja la carencia de avances significativos en materia ambiental y ahora en redes sociales y en medios de comunicación nos quieren vender la idea de que la nueva ley representa la salvación de los bosques”.

Refirió que el Partido Verde ha iniciado una campaña publicitaria en redes sociales con claros fines electorales, con la etiqueta #LeyForestalDelVerde, donde se autoproclama como el “salvador de los bosques y lanza mensajes absurdos, por ejemplo, pretenden hacer creer a la ciudadanía que con una ley muy cuestionada, que se promulga a final del sexenio, se van a crear 11 millones de empleos bien pagados”. Empero, dicho partido ha tenido la conducción del sector ambiental desde 2012 y no logró sacar la producción forestal sustentable de su estancamiento y, además teniendo mayoría (junto con el PRI) en la Cámara de Diputados, permitió un recorte presupuestal al sector forestal del 50%.

Sánchez Valle consideró que el titular del Poder Ejecutivo tuvo la oportunidad de observar las deficiencias y retrocesos de la ley y hacerlas del conocimiento del Congreso, sin embargo, dejó transcurrir el plazo constitucional que existe para ello sin hacer nada y “al parecer, es más importante anunciar la promulgación de la ley en el Día Mundial del Medio Ambiente que tener un producto legislativo coherente y progresista”.

Producto legislativo disparejo y regresivo

El representante de MOCAF reconoció que la nueva ley incorpora algunas propuestas de la sociedad civil en materia del reconocimiento y fomento al manejo forestal comunitario y sobre el fortalecimiento de las salvaguardas sociales y ambientales; pero “estos avances palidecen ante los severos retrocesos en materia de derechos sobre biodiversidad en los bosques y ecosistemas forestales y además la confusión en distribución de competencias entre CONAFOR y SEMARNAT que genera esta ley va a dificultar el manejo sustentable y legal de los bosques y alentar el movimiento de madera ilegal. “Es un producto legislativo muy disparejo y regresivo que refleja la falta de un proceso incluyente de participación ciudadana y de participación plena y efectiva de Pueblos y Comunidades indígenas y equiparables”.

La nueva ley –subraya-- observa un grave retroceso en materia de derechos humano de la comunidades indígenas sobre biodiversidad, ya que la ley aún vigente considera como recursos biológicos forestales tanto a las plantas como los animales; la ley por promulgarse solo considera a las plantas y abre un vacío jurídico gigantesco al no considerar a todos los organismos del reino animal (art. 7, fracción XLVI), lo cual puede ser aprovechado por terceros interesados en usufructuar los recursos biológicos de los bosques sin respetar los derechos de las comunidades.

La ley que se promulgará quita varios candados que ayudaban a las comunidades a hacer respetar sus derechos en materia de biodiversidad y estos cambios favorecen a terceros interesados en autorizaciones de colectas de recursos biológicos y recursos genéticos, así como en registros, certificados y patentes sobre la biodiversidad, “son una invitación a la biopiratería” (artículos 86 y 87), detalló Sánchez Valle.

Aclaró que en la ley aún vigente se señalaba que los autorizaciones de colecta que no hubieran respetado el derecho de consentimiento de las comunidades podrían revocarse; de igual manera se señala que los registros, certificados y patentes que no hubieran respetado los derechos de las comunidades serían declarados nulos. Estos candados fueron eliminados y son un claro retroceso en los derechos humanos de las comunidades sobre la biodiversidad.

Otro aspecto grave –puntualizó-- en la nueva ley es que se elimina el actual Objetivo General V, el cual señala que las comunidades indígenas tienen acceso preferente a los recursos forestales. Esto tiene graves consecuencias frente a las amenazas que enfrentan comunidades, ejidos y pequeños propietarios frente a proyectos mineros, hidroeléctricos o agroindustriales y es otro claro retroceso en materia de derechos.

El representante de MOCAF añadió que una más de las deficiencias de la nueva ley es la complicación en los trámites para el manejo y aprovechamiento forestal sustentable en “lo relativo a la imposición de medidas provisionales de sanidad: el artículo 62 de la nueva ley señala que la Secretaría o la Comisión podrán hacerlo, es decir, ¿se van a crear áreas paralelas en dos dependencias con las mismas facultades?

Otra incoherencia de la nueva ley es que dos artículos consecutivos (Art. 68 y 69) se refieren a las autorizaciones que le corresponden a la SEMARNAT, pero repiten temas y los frasean de manera distinta; son confusos.

En materia de atribuciones para el otorgamiento de las remisiones forestales o cualquier documento que acredite la legal procedencia y/o transportación de los recursos forestales (art. 70 y 71) la nueva ley es un “monumento a la confusión” ya que señala que dichas atribuciones son de ambas dependencias (SEMARNAT y CONAFOR) , lo cual viene a complicar el control de los documentos de transporte de madera y productos forestales; duplica funciones en dos dependencias sin establecer mecanismos de coordinación y seguramente alentará el movimiento de madera ilegal, expone Gustavo Sánchez.

Las organizaciones que integran Red MOCAF, resalta, han contribuido enormemente para que la nueva ley forestal no sea tan regresiva como se planteaba en la iniciativa original y que con el apoyo de legisladores y legisladoras progresistas se logró hacer un control de daños, pero aún persisten contenidos muy graves que lesionan los derechos de indígenas y campesinos por lo que estas organizaciones harán uso de todos los medios a su alcance para defender los derechos de sus representados. “Confiamos en que todos los mexicanos, con nuestro voto, optemos por una administración federal y una legislatura más progresistas que las actuales”, puntualizó.

lunes, 30 de abril de 2018




Boletín de Prensa




Organizaciones forestales dan a conocer su balance de la Ley Forestal aprobada por el Congreso



·      Pedirán al titular del Ejecutivo se aplace su entrada en vigor y se realice la consulta, la inclusión de algunas propuestas de la sociedad civil no sustituye el respeto a este derecho.
·      La nueva ley alienta la biopiratería y la violación de los derechos de las comunidades indígenas
·      Además de los vicios de origen, las inconsistencias aprobadas reflejan un mal trabajo legislativo, producto de la falta de apertura a la participación social
·      Reconocen que intervención de legisladores de MORENA, PRD, MC y PAN y de organizaciones sociales impidieron que la Ley fuera más regresiva


Ciudad de México, 29 de abril del 2018. Gustavo Sánchez, Presidente de la Red Mexicana de Organizaciones Campesinas Forestales (Red MOCAF) informó que las organizaciones indígenas y campesinas que forman parte de esta organización han hecho un primer balance de la Ley Forestal aprobada el pasado 26 de abril del año en curso el cual considera que el resultado no es motivo de celebración ya que pone en evidencia de que a casi 30 años de la adopción del Convenio 169 por la OIT, el respeto del derecho de indígenas y campesinos a la consulta es aún en México algo que se hace por excepción cuando debería de ser una práctica común.

Indicó que la violación del derecho a la Consulta Libre, Previa e Informada de Pueblos, Comunidades Indígenas y Comunidades Equiparables, quienes tienen los derechos de la mayor parte de los recursos forestales en México, es un motivo suficiente para recurrir ante diferentes instancias para demandar que la nueva Ley Forestal no entre en vigor hasta que se respete este derecho. Una de las instancias a las que recurrirán las organizaciones será al titular del poder ejecutivo.

La omisión de la consulta deja en estado de indefensión a indígenas y campesinos frente a modificaciones de una ley que los afecta de manera directa y aseguró que al no saber este importante sector de la población que se está discutiendo una ley forestal, no tiene la oportunidad de opinar y de participar y mucho menos de defenderse de medidas legislativas que vayan en contra de sus derechos.

Gustavo Sánchez indicó que “…Red MOCAF reconoce que la participación de diputados y senadores de MORENA, PRD, PAN y Movimiento Ciudadano y la de muchas organizaciones de la sociedad civil impidieron que la ley fuera más regresiva y que se incluyeran varias propuestas importantes que elaboramos entre varias organizaciones sociales, sin embargo aunque se redujeron los daños, esto no justifica la falta de consulta y en la nueva ley hay contenidos muy preocupantes en contra de indígenas y campesinos además de fuertes inconsistencias y se perdió la oportunidad de incluir temas que son fundamentales como la planeación forestal a largo plazo de manera vinculante y una visión integral para fortalecer la legalidad en el mercado de la madera y productos forestales”.

Acotó que entre los contenidos propuestos por las organizaciones sociales y que se incluyeron en la ley están el reconocimiento e impulso del manejo forestal comunitario y el fortalecimiento del tema de salvaguardas sociales y ambientales, sin embargo reiteró que la dinámica en la aprobación de nuevas leyes no debe ser avanzar en algunos derechos y retroceder en otros, ya que el artículo primero de la constitución señala claramente el principio de progresividad en materia de derechos humanos.

Indicó que las organizaciones que forman parte de Red MOCAF y organizaciones aliadas, se encuentran revisando el contenido de los 163 artículos que contiene la ley aprobada, de acuerdo al texto publicado en la gaceta parlamentaria del jueves 26 de abril del año en curso y que han identificado ya los siguientes contenidos que son regresivos:

Se elimina el objetivo general V de la ley forestal vigente (Artículo 2 tanto en la ley vigente como en la aprobada), el cual señala: “…Respetar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales de los lugares que ocupan y habitan las comunidades indígenas, en los términos del artículo 2 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normatividad aplicable”

Explicó que en esta ápoca de amenazas a los territorios indígenas y comunitarios, por proyectos de alto impacto ambiental y social, este artículo es fundamental, porque de manera explícita señala que las comunidades indígenas tienen acceso preferente a los recursos forestales y claramente su eliminación en la nueva ley tiene una intencionalidad de hacerles más difícil el que se respeten sus derechos.

Añadió que otro aspecto muy preocupante es acerca de los derechos de las comunidades indígenas sobre los llamados recursos biológicos forestales ya que la ley vigente  se vuelve muy laxa en materia del respeto de estos derechos favoreciendo la biopiratería al eliminar los siguientes contenidos clave del artículo 102 de la ley forestal vigente, el cual corresponde al artículo 81de la ley aprobada:

“…El registro y certificaciones de los recursos genéticos forestales o de formas modificadas de las mismas, así como las patentes obtenidas por personas físicas o morales, será jurídicamente nulo, sin el reconocimiento previo indicado, salvo lo acordado en los tratados y convenios internacionales relativos a la materia.”

“…Podrá revocarse el permiso correspondiente si se acredita que no se satisficieron los requisitos mencionados”

Al eliminar estos contenidos, la nueva ley le hace más complicado a las comunidades indígenas el proteger su patrimonio y envía señales de impunidad que alientan la biopiratería, señaló Gustavo Sánchez y añadió que además la nueva ley modifica la definición de recursos biológicos y deja todo el reino animal fuera y por lo tanto no sujeto a la regulación para fines de colecta ni a que se respeten los derechos de las comunidades indígenas sobre la biodiversidad. Informó que este último es un aspecto en el que han pedido ya a algunos especialistas analizar la dimensión de sus implicaciones.

De igual manera indicó que la ley aprobada trae confusiones e imprecisiones que no contribuyen a tener una regulación clara en materia de autorizaciones señalando que un ejemplo de ello son los artículos 68 y 69 que al parecer eran dos versiones sobre a qué dependencia le corresponden emitir los actos y autorizaciones y por un descuido y falta de supervisión se incluyeron ambos en el dictamen que se puso a votación de los legisladores, de manera que en la ley aprobada tenemos dos artículos que hablan de las autorizaciones que le corresponde emitir a SEMARNAT y mientras uno enumera siete temas otro enumera cuatro y algunos de esos temas son repetidos pero fraseados de manera distinta.

Puntualizó que los contenidos de los artículos 68 y 69 son una prueba que pone de manifiesto cómo se hace el trabajo legislativo cuando no se abre a la discusión y a la participación ciudadana y confirma lo que gran parte de la ciudadanía supone: que muchos legisladores no leen ni saben lo que están votando y solo lo hacen por instrucción de su coordinador.

De igual manera el artículo 70 de la ley aprobada no es claro respecto a quién le corresponde realizar los trámites para el otorgamiento de remisiones forestales o cualquier documento que acredite la legal procedencia y/o transportación de productos forestales.

Y explicó que uno de los temas centrales de discusión en el proceso legislativo fue si la CONAFOR concentraba las atribuciones que la SEMARNAT tenía en materia de autorizaciones o si la SEMARNAT como cabeza de sector las conservaba, pero lo que se aprobó en la nueva ley en materia de remisiones es ambiguo, porque las dos entidades tienen la misma atribución lo cual complica y burocratiza un tema ya de por si complejo: cómo dar certidumbre del origen legal de las materias primas que se transportan.

Gustavo Sánchez puntualizó que además de la necesidad de una consulta libre previa e informada culturalmente adecuada y de buena fe hacia indígenas y campesinos, se requiere un análisis desde diferentes ángulos y actores de los contenidos que se aprobaron en esta ley para que la nueva legislatura tome cartas en el asunto y puedan corregirse las regresiones en materia de derechos así como las contradicciones y las inconsistencias que tiene la ley.





lunes, 23 de abril de 2018


BOLETÍN DE PRENSA




LA INCONFORMIDAD SOCIAL SOBRE LA LEY FORESTAL HA PERMITIDO CAMBIAR FUNDAMENTALMENTE LA INICIATIVA, PERO SIGUE LA CERRAZÓN SOBRE LA CONSULTA

·      La falta de consulta es el rasgo más negativo y es reflejo de la discriminación que aún existe en México hacia indígenas y campesinos
·      El apoyo de legisladores del PT, PAN, MORENA y PRD fue fundamental para mejorar la iniciativa y detener contenidos regresivos
·      La consulta puede demandarse también al Poder Ejecutivo, señalan

Ciudad de México, 23 de abril del 2018. Ante la próxima dictaminación de la minuta de la Ley Forestal en la Cámara de Diputados, representantes de la Red Mexicana de Organizaciones Campesinas Forestales (Red MOCAF); de la Red Indígena de Turismo de México (RITA); de la Unión Estatal de Silvicultores Comunitarios del Estado de Oaxaca (UESCO) y de Bosques y Gobernanza señalaron que la presión de la sociedad civil y el apoyo de legisladores progresistas ha permitido que la iniciativa haya cambiado fundamentalmente, sin embargo la falta de consulta libre previa e informada hacia indígenas y campesinos empaña el proceso por constituir una grave violación a los derechos humanos.

Esta semana la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COMARNAT) de la Cámara de Diputados dictaminará la minuta que remitiera la Cámara de Senadores hace unos días, como paso previo a presentarla para su aprobación en el pleno y posteriormente ser turnada al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Gustavo Sánchez, Presidente de Red MOCAF indicó que una de las lecciones de este proceso de discusión de la Ley Forestal es que la sociedad mexicana ya no está dispuesta a aceptar leyes construidas de manera autoritaria y excluyente: “…en este proceso logramos detener la mayoría de las propuestas regresivas que contenía la iniciativa en su texto inicial y queda de manifiesto que desde 2016 a la fecha hubo suficiente tiempo para hacer un proceso de consulta serio que cumpliera con lo establecido en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y que lo que hizo falta es voluntad política de muchos legisladores para respetar los derechos de indígenas y campesinos y de la sociedad civil en general”.

Señaló que es factible mantener la demanda de la consulta ante el poder ejecutivo y plantear a los candidatos a la presidencia de la república su compromiso para propiciar un diálogo incluyente y la consulta a indígenas y campesinos sobre el marco jurídico forestal y ambiental para promover una iniciativa ante el poder legislativo.

Ricardo Campos, Presidente de RITA indicó que “no dejamos de reconocer los avances logrados, uno de los más importantes es la inclusión del concepto de Manejo Forestal Comunitario y de un programa de apoyo a esta línea de política pública, lo cual es una demanda compartida por las organizaciones campesinas e indígenas, sin embargo la falta de consulta es un pésimo mensaje del poder legislativo, en el sentido de que si se incluyen algunas de las propuestas de las organizaciones se puede prescindir del respeto a un derecho fundamental”.
Campos indicó que la demanda por una Consulta Libre previa e Informada continúa ya que no se ha dado respuesta formal a la petición de Red MOCAF y aún publicada la Ley Forestal en el Diario Oficial de la federación se puede solicitar a este poder que detenga su entrada en vigor hasta no realizarse el proceso de debida consulta.

Por su parte, Baltazar López, Presidente de la Unión Estatal de Silvicultores Comunitarios del Estado de Oaxaca UESCO, precisó que es una buena noticia que se haya logrado rescatar las funciones del Consejo Nacional Forestal que se pretendían recortar en la iniciativa original y se sumó a señalar que el problema de la falta de consulta es un tema estratégico, nos es una buena señal que los diputados y los senadores estén buscando la manera de cómo no respetar nuestros derechos.

A su vez, René Gómez Orantes, Presidente de Bosques y Gobernanza, del Estado de Chiapas señaló que la falta de consulta dejó fuera de la ley una visión más integral de las causas del problema de la tala clandestina y señaló que es urgente que en la próxima legislatura se atiendan estas omisiones al marco jurídico, porque la madera ilegal está acabando “…cuando se reforma una ley sin una participación social amplia, ocurren este tipo de cosas, porque los diputados y sus asesores proponen lo que ellos creen que funciona pero muchos no están dispuestos a procesos de democracia participativa.

Las organizaciones recapitularon en los siguientes puntos:

1.    La Consulta Libre, Previa e Informada, culturalmente adecuada y de buena fe es una grave violación a los derechos de Pueblos indígenas, de Comunidades Indígenas y Comunidades Equiparables y sienta un pésimo precedente de prácticas legislativas excluyentes y discriminatorias.

2.    La presión social a través de los medios de comunicación y redes sociales y el apoyo de legisladores progresistas permitió detener la mayoría de los contenidos regresivos que contenía la iniciativa original y otros que se agregaron, como: vulneración de derechos sobre pago por servicios ambientales; disminución de las funciones del Consejo Nacional Forestal (CONAF); degradación del papel del Comité Mixto del Fondo Forestal Mexicano y alentar el rentismo a través de la transmisión de autorizaciones de programas de manejo forestal.

3.    Entre los avances, respecto a la ley vigente, que se lograron está el reconocer el Modelo de Manejo Forestal Comunitario como un activo valioso generado por la experiencia de comunidades y ejidos forestales, incluirlo en las definiciones de la ley plantearlo como un elemento fundamental de la política forestal, incluyendo un programa de fomento.

De igual manera, se lograron avances en el fortalecimiento de las salvaguardas sociales y ambientales y en un enfoque ecosistémico y territorial, así como algunas disposiciones para la mejora de la regulación y el combate a la ilegalidad y disposiciones para mejorar la asesoría y el acompañamiento multidisciplinario en el manejo de los bosques.

4.    Sin embargo, entre los temas que son estratégicos y que no se incluyeron, por falta de un proceso de consulta y diálogo están: la planeación estratégica a largo plazo que sea vinculante, lo cual evitará los bandazos en el sector, característicos de cada sexenio; un abordaje integral de una estrategia para fortalecer el mercado legal de la madera y los productos forestales en México que contemple el mercado nacional e internacional; la actualización de la definición de servicios ambientales; la titularidad de los derechos de reducción de emisiones por deforestación y degradación a favor de ejidos y comunidades y la armonización de conceptos, atribuciones y competencias con otras leyes del sector ambiental y con la discusión del marco jurídico sobre biodiversidad, ya que algunos expertos señalan que la legislación actual y la aprobada en el Senado tiene huecos que pueden aprovecharse para la explotación indebida de la biodiversidad.
5.    Entre los temas que preocupan por representar un retroceso está la supresión del objetivo general V de la ley vigente: “…Respetar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales de los lugares que ocupan y habitan las comunidades indígenas, en los términos del artículo 2 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normatividad aplicable”, el cual es fundamental en la defensa del territorio indígena frente a proyectos de inversión no deseados por las comunidades.

Así mismo, expertos en temas administrativos y de distribución de competencias señalan que las prisas y la opacidad en que se redactaron las últimas versiones de la minuta han dejado inconsistencias y vacíos como es la indefinición de ante qué dependencia se va a gestionar la autorización de aprovechamiento de recursos no maderables; el aprovechamiento de recursos forestales para fines domésticos y la expedición de los documentos de remisión y reembarque de productos forestales.